viernes, 19 de febrero de 2016

Aspectos a tener en cuenta en un contrato de franquicia

Las relaciones entre franquiciadores y franquiciados deben quedar establecidas por contrato de la forma más clara posible. Es importante prestar atención a todas las cláusulas. Puede parecer una obviedad, pero según un informe elaborado por la consultoría Barbadillo y Asociados, cerca del 20% de los franquiciados no tienen claro si renovar una vez finalizado el periodo estipulado por contrato. Entre las causas más comunes se encuentran la falta de implicación o apoyo por parte de la empresa franquiciadora.


Así pues, la relación con la central debe quedar bien definida a través de su contrato. A continuación repasamos algunos de los aspectos más importantes de un contrato de este tipo, para informar a todas aquellas personas que estén pensando en abrir una franquicia.

-          Debe quedar claramente determinado el derecho de entrada y el royalty que abona el franquiciado, para que el emprendedor pueda calcular la posible rentabilidad del negocio.
-          Asimismo, debe quedar claramente establecido en qué casos se puede romper el contrato. Por ejemplo, a causa del rendimiento insuficiente de la tienda, incumplimiento del manual operativo…
-          La cláusula de confidencialidad: una cláusula frecuente que establece que el franquiciado no puede revelar a terceros los conocimientos adquiridos junto a la central franquiciadora, esto debe tenerse muy presente.

-          El contrato suele estipular el compromiso de no vender referencias fuera del establecimiento y no vender productos que compitan con la oferta de la cadena. Esta obligación puede extenderse, según contrato, hasta pasado un año del cese contractual.

Lo más importante es leer con detalle todo el contenido del contrato y asegurarse de que se entienden todas las cláusulas. Lo cierto es que el poder del franquiciado para negociar aspectos concretos va a ser más bien escaso, sólo en los aspectos menores. Esto es algo consustancial a las franquicias.
Los expertos en franquicias aconsejan decidir el local en el que se va a desarrollar la actividad al mismo tiempo que se suscribe el contrato. En ningún caso se debe firmar nada si no se tiene pactada la concesión de la franquicia.

Normalmente, el lugar del establecimiento se establece de la siguiente manera: en el caso de las marcas más importantes ejercen un mayor control y suelen proponer los espacios. Sin embargo, en las pequeñas o en aquellas que están empezando suele procederse a una búsqueda conjunta entre franquiciado y franquiciador, acordando criterios de ubicación, precio y visibilidad, en la que el franquiciador siempre tiene el poder de decisión.